SAT aclara: la Pensión Bienestar no puede ser embargada

Fecha:

Mexico. 14/Octubre/2025

En medio de la preocupación por un posible embargo de cuentas bancarias, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que los recursos provenientes de programas sociales, como la Pensión Bienestar, son ni embargables y no pueden ser utilizados para cubrir adeudos fiscales.

La inquietud surgió tras la difusión de información sobre embargos masivos a cuentas de contribuyentes con deudas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Sin embargo, la Cámara de Diputados recordó que los apoyos sociales están protegidos por ley, por tratarse de recursos de carácter no contributivo destinados a garantizar el bienestar de las personas adultas mayores.

La Pensión Bienestar, que otorga 6,200 pesos bimestrales a beneficiarios mayores de 65 años, tiene programado su último pago del año para noviembre y diciembre de 2025.

El SAT reiteró que las instituciones financieras no pueden retener ni descontar esos recursos, aunque el titular de la cuenta tenga adeudos fiscales o bancarios.

Además, la resolución miscelánea fiscal 2025 refuerza que las cuentas donde se reciben apoyos sociales del Bienestar estarán identificadas como inembargables, con el fin de evitar cualquier tipo de afectación a los beneficiarios.

“Los adultos mayores pueden estar tranquilos: su pensión está protegida por la ley”, señalaron fuentes del organismo.

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